En el Sector Energético creamos estrategias a la medida de nuestro cliente ajustándonos sus necesidades, proponiendo soluciones para el cumplimiento Normativo de acuerdo a las regulaciones Gestión de trámites ante la (CRE) Comisión Reguladora de Energía, (SENER) Secretaría de Energía, (ASEA) Agencia de Seguridad Industrial Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, cumplimiento de la Normativa Energética para la distribución, comercialización, transporte y almacenamiento de energéticos, impuesto para el sector, atendiendo al tipo de energético requerido:

  • Gas Licuado de Petróleo.
  • Bioenergéticos.
  • Gasolina y Diésel.
  • Etc.

Conforme a nueva regulación en materia Energética, se hace necesario que las unidades de negocio en el sector de hidrocarburos lleven a cabo distintos procesos, procedimientos y trámites de carácter técnico-legales ante las adicionales a las requeridas anteriormente para el sector, ante dependencias gubernamentales tales como la CRE, ASEA, SENER, STPS, Unidades de Verificación y Laboratorios de Prueba, etc.; Por lo cual en AMCO, S.A. ofrecemos soluciones integrales a las cargas regulatorias impuestas en el marco de la nueva normativa energética.

Consultoría Energética en Monterrey

Autoridades facultadas

  • SENER.- Secretaría de Energía.
  • CRE.- Comisión Reguladora de Energía.

Servicios

  • Permisos para transportación, distribución y almacenamiento de hidrocarburos.

    Solicitud a la Comisión Reguladora de Energía para permisos de transporte, distribución, almacenamiento, expendio y gestión de Petróleo, Petrolíferos, Petroquímicos y Bioenergéticos.

  • Impacto Social.

    Documento que contiene la identificación de pueblos en el área de influencia de un proyecto, así como la identificación, caracterización, predicción y valoración de las consecuencias que podrían derivarse, medidas de mitigación y planes de gestión social.

  • Permisos de importación de gasolina y diésel.

    Trámite para importar gasolina y diésel otorgado por la Secretaria de Energía

  • Regulaciones Técnicas por medio de NOMS

    Las cuales contienen la información, requisitos, especificaciones, procedimientos y metodología que permiten a las distintas dependencias gubernamentales establecer parámetros evaluables para evitar riesgos a la salud, la vida y el patrimonio y por lo tanto son de observancia obligatoria.

  • Bitácoras y reportes trimestrales, semestrales y anuales.
  • NOM-EM -005-CRE-2015.

    Especificaciones de calidad de los petrolíferos.
    Establece las especificaciones de calidad que deben cumplir los petrolíferos en cada etapa de la cadena de producción y suministro, en territorio nacional.

    Es aplicable en todo el territorio nacional a las gasolinas, turbosina, diésel automotriz, diésel agrícola y marino, diésel industrial, combustóleo, gasóleo doméstico, gas avión, gasolina de llenado inicial, combustóleo intermedio y GLP en toda la cadena de producción y suministro.

  • NOM-EM-006-CRE-2015.

    Especificaciones de calidad de los petroquímicos.
    Establece las especificaciones de calidad que deben cumplir los petroquímicos que forman parte de la industria de hidrocarburos y que se comercialicen en territorio nacional.

    Es aplicable a los petroquímicos siguientes: etano, propano, mezcla de butanos, nafta ligera y nafta pesada que se comercialicen en territorio nacional.

  • Permisos para la generación, cogeneración e interconexión de energía eléctrica.

    El interesado deberá decidir qué tipo de permiso desea solicitar con base en sus requerimientos y proyectos específicos, en las características de generación de su proyecto y de acuerdo con la(s) persona(s) que aprovechará(n) la energía.

  • Propuesta de servicios jurídicos para optimizar y/o reducir al mínimo legal el pago de energía eléctrica

    Propuesta de servicios jurídicos para optimizar y/o reducir al mínimo legal el pago de energía eléctrica vía recibo suministrado por la comisión federal de electricidad (CFE) por considerar que se violentan las garantías contenidas en la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determino que los consumidores de energía eléctrica pueden combatir los cobros excesivos, ajustes o cortes del servicio de luz por parte dela CFE, por antonomasia los ilegales cargos por:

    • Demanda Facturable
    • Demanda Máxima
    • Cargo por Demanda
    • Cargo Factor Potencia
    • Entre otros.
  • Ofrecemos consultoría y asesoría en la interpretación y aplicación de las disposiciones en materia Energética respecto al Sector Eléctrico, regulado por la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y la Ley de Industria Eléctrica.
    • Disposiciones técnicas para evitar o reducir la quema y el venteo de gas.
    • Disposiciones administrativas de carácter general, en materia de autorizaciones para el reconocimiento y exploración superficial de hidrocarburos.
    • Disposiciones administrativas en materia de licitaciones de contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos.
  • Gestión y representación a empresas dedicadas a la generación de energía eléctrica

    Ofrecemos consultoría y asesoría de trámites o permisos ante las comisiones:

    • Comisión Reguladora de Energía (CRE)
    • Comisión Federal de Electricidad (CFE)
    • Secretaría de Energía (SENER)
    • Centro Nacional de Control de Energía (CENACE)
    • Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (CONUEE)
    • Y demás organismos del sector.
  • Asesoría respecto a transacciones de compraventa de Energía eléctrica en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM):
    • Potencia
    • Derechos Financieros de Transmisión

      Los DFT otorgan a sus titulares el derecho y obligación de cobrar o pagar la diferencia que resulte del valor de los componentes de congestión de los precios marginales locales entre un nodo de origen (nodo de inyección) y un nodo de destino (nodo de consumo). Los nodos de origen y de destino pueden ser nodos simples de la red eléctrica, nodos distribuidos, o grandes centros de intercambio de energía.

    • Certificados de Energías Limpias

      Es el título emitido por la Comisión Reguladora de Energía que acredita la producción de un monto determinado de energía eléctrica a partir de Energías Limpias y que sirve para cumplir los requisitos asociados al consumo de los Centros de Carga.

    • Y demás productos.
  • Asesoría en la gestión de permisos e interconexiones para empresas dedicadas a la generación de energía eléctrica
    • Energía Solar
    • Generación Distribuida
    • Bioenergía
    • Eólica
    • Hidroeléctrica
    • Cogeneración Eficiente
    • Combustión Interna
    • Carboeléctrica
    • Termoeléctrica
    • Ciclo Combinado
  • Soluciones eficientes y acordes a las necesidades reales, ofreciendo propuestas y datos objetivos que orientarán al cliente hacia un óptimo desarrollo de su proyecto o solucionar los requerimientos legales.

Autoridades Facultadas:

  • ASEA.- Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección al Medio Ambiente.
  • PROFEPA.- Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente.
  • SEMARNAT.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Registros, licencias, permisos, reportes, concesiones y autorizaciones:

  • Autorización de la MIA regional con actividad altamente riesgosa.

    Elaboramos la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) regional con actividad altamente riesgosa, este es un documento con base en estudios técnicos con el que las personas (físicas o morales) que desean realizar alguna(s) obra(s) o actividad (es), analizan y describen las condiciones ambientales previas a la realización del proyecto con la finalidad de evaluar los impactos potenciales que la construcción y operación de dichas obras o la realización de las actividades que pudieran causar al ambiente, definen y proponen las medidas necesarias para prevenir, mitigar y/o compensar los impactos ambientales generados por el proyecto que incluya actividades altamente riesgosas.

  • Impacto de Riesgo (ASEA).

    Presentación del Estudio de Riesgo Ambiental para empresas que realizan actividades altamente riesgosas del Sector Hidrocarburos.

    Se debe presentar cuando se realicen actividades altamente riesgosas y que hayan formulado y presentado ante la ASEA la Manifestación de Impacto Ambiental acompañada del Estudio de Riesgo correspondiente para actividades del Sector Hidrocarburos de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 fracción XI de la Ley de la ASEA.

  • Impacto Social (SENER y ASEA).

    Documento que contiene la identificación de pueblos en el área de influencia de un proyecto, así como la identificación, caracterización, predicción y valoración de las consecuencias que podrían derivarse, medidas de mitigación y planes de gestión social.

  • Exención de Impacto Ambiental de la SEMARNAT a la ASEA.

    El trámite consiste en el requerimiento de ampliaciones, modificaciones, sustitución de infraestructura, rehabilitación y el mantenimiento de instalaciones relacionadas con las obras y/o actividades donde se demuestra que su ejecución no causará desequilibrios ecológicos en atención a la preservación y restauración de los ecosistemas.

  • Regulaciones Técnicas conforme a las NOM-EM-001-ASEA-2015/NOM-005-ASEA-2016.

    NOM-EM-001-ASEA-2015
    Esta norma hace referencia al diseño, construcción, mantenimiento y operación de estaciones de servicio de fin específico y de estaciones asociadas a la actividad de Expendio en su modalidad de Estación de Servicio para Autoconsumo, para diésel y gasolina.

    NOM-005-ASEA-2016
    Esta norma hace referencia al diseño, construcción, operación y mantenimiento de Estaciones de Servicio para almacenamiento y expendio de diésel y gasolinas.

    • Diseño.
    • Construcción.
    • Operación.
    • Mantenimiento
  • Cédula de Operación Anual (COA).

    El trámite sirve para reportar las emisiones y transferencias de los establecimientos sujetos a reporte de competencia federal: fuentes fijas de jurisdicción federal, grandes generadores de residuos peligrosos, prestadores de servicios de manejo de residuos, los que descarguen aguas residuales a cuerpos receptores que sean aguas nacionales y los que generan 25,000 toneladas o más de Bióxido de Carbono Equivalente (tCO₂e) de emisiones de Compuestos y Gases Efecto Invernadero (CyGEI) de los sectores productivos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Cambio Climático en materia de Registro Nacional de Emisiones (RENE).

  • Autorización para introducir al territorio nacional plaguicidas, nutrientes vegetales y sustancias y materiales tóxicos o peligrosos

    Trámite que permite obtener una autorización para importar plaguicidas, nutrientes vegetales, sustancias y materiales tóxicos o peligrosos.

  • Autorización para el manejo de residuos peligrosos en centros de acopio.

    Trámite que permite obtener la autorización para el manejo de residuos peligrosos para el acopio o almacenamiento, para dar cumplimiento con lo establecido en el Artículo 50 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR).

  • Prórrogas a las autorizaciones y almacenamiento de residuos peligrosos, importación y exportación.

    Te permite obtener una prórroga a las autorizaciones de importación y exportación de residuos peligrosos.

  • Autorización para el reciclado o co-procesamiento de residuos peligrosos.

    Te permite obtener una autorización para el reciclaje o co-procesamiento de residuos peligrosos, cuando pretendas dar el servicio a terceros.

  • Autorización para el manejo de residuos peligrosos mediante tratamiento de inyección profunda.

    Te permite obtener la autorización para el tratamiento de residuos peligrosos mediante tecnologías de pozos de inyección profunda.

  • Prórroga de almacenamiento de residuos peligrosos.

    Te permite obtener una prórroga de seis meses adicionales para el almacenamiento de residuos peligrosos

  • Licencia Ambiental Única.

    Es la autorización en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica que emite la Agencia para las fuentes fijas de jurisdicción federal del Sector Hidrocarburos.

    Se presenta para fuentes fijas de jurisdicción federal que se encuentren en operación y emitan o pueda emitir olores, gases o partículas sólidas o líquidas a la atmósfera.

    Toda instalación operando debe contar con su Licencia Ambiental Única

  • Tratamiento de residuos peligrosos.

    Este trámite te permite obtener una autorización para el tratamiento de residuos peligrosos.

  • Autorización para la incineración de residuos peligrosos.

    Te permite obtener la autorización de manejo de residuos peligrosos para su incineración, para dar cumplimiento con lo establecido en el Artículo 50 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR).

  • Incorporación al Programa de Reducción de Emisiones Contaminantes a la Atmósfera (PRECA).

    El Programa está establecido para las empresas que generan emisiones de Óxidos de Nitrógeno (NOx) y partículas menores a 10 micrómetros (PM10).

  • Solicitud de cambio de uso de suelo en terrenos forestales.

    Si quieres construir dentro de zonas forestales del país y eso implica una remoción total o parcial de la vegetación forestal para actividades no forestales, debes solicitar el cambio de uso de suelo ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

  • Autorización para la reutilización de residuos peligrosos.

    Te permite obtener la autorización para el manejo de residuos peligrosos para su reutilización, para dar cumplimiento con lo establecido en el Artículo 50 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR).

  • Autorización para transporte de residuos peligrosos.

    Te permite obtener la autorización de manejo de residuos peligrosos para la recolección y transporte, para dar cumplimiento con lo establecido en el Artículo 50 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR).

  • Prórroga de la vigencia de tu autorización de residuos peligrosos.

    Te permite prorrogar la vigencia de tu autorización de cualquier actividad de manejo de residuos peligrosos.

  • Autorización para el manejo de residuos peligrosos disposición final.

    Permite obtener la autorización a personas físicas o morales o generadores de residuos peligrosos que pretendan realizar la construcción y operación de una instalación de disposición final de residuos peligrosos en sus propias instalaciones o para la prestación de servicios a terceros.

  • Registro de planes de manejo de residuos peligrosos.

    El registro de plan de manejo permite identificar los residuos generados por los grandes generadores de residuos peligrosos, así como los producidos por la industria minera-metalúrgica al ser los casos más comunes.

    El registro de plan de manejo también permite adherirse a planes de manejo previamente registrados ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

  • Autorización para el manejo de residuos peligrosos para micro-generadores.

    Trámite para autorizar los microgeneradores que pretendan implementar sistemas de recolección y transporte de residuos peligrosos biológicos infecciosos.

  • Tratamiento de suelos contaminados.

    Autorización para la prestación de servicios a terceros para el tratamiento o remediación de suelos contaminados por materiales o residuos peligrosos.

  • Permiso para descargar aguas residuales.

    Trámite para autorizar la descargar de aguas residuales en depósitos naturales de agua, presas, cauces, zonas marinas, terrenos que sean bienes nacionales o en otros terrenos a través de los que se puedan contaminar el subsuelo o los mantos acuíferos.

  • Autorización para el movimiento transfronterizo de residuos peligrosos.

    Es la autorización para movimiento transfronterizo de residuos peligrosos y otros residuos previstos en tratados internacionales.

    Es decir, todo traslado de residuos procedentes de un país y con destino a otro país, incluyendo el paso por países que no son el destino final. Los movimientos que se realizan son la importación, exportación, tránsito y retorno.

Autoridades Facultadas:

  • STPS.- Secretaría de trabajo y Previsión social.
  • SCT.- Secretaría de Comunicaciones y Transporte.

SERVICIOS:

  • Programa de autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo.

    Su objetivo es promover que las empresas instauren y operen Sistemas de Administración en Seguridad y Salud en el Trabajo, con base en estándares nacionales e internacionales, y con sustento en la reglamentación vigente en la materia, a fin de favorecer el funcionamiento de centros laborales seguros e higiénicos.

  • Capacitaciones aplicables.
  • Aviso de accidentes.

    Es el sistema que facilita la presentación de la información necesaria para que las autoridades laborales establezcan los lineamientos y normas que protegen a las/los trabajadoras(es) y empresas de México.

  • Programa de Administración de Riesgos, implementación del Sistema de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente (ASEA).

    Los regulados, los contratistas, subcontratistas, proveedores y prestadores de servicio deben preservar la integridad física de las personas, de las instalaciones, así como garantizar la protección al medio ambiente; esta obligación ha de lograrse, entre otros medios, a través del programa.

  • OHSAS 18000.

    Son una serie de estándares voluntarios internacionales aplicados a la gestión de seguridad y salud ocupacional.

  • NOM-019-SCT2/2015.

    Especificaciones técnicas y disposiciones generales para la limpieza y control de remanentes de substancias y residuos peligrosos en las unidades que transportan materiales y residuos peligrosos.

    Esta norma establece las especificaciones técnicas y disposiciones generales para garantizar la limpieza y, en su caso, control de remanentes y manejo de residuos peligrosos generados, en las unidades vehiculares que transportan substancias, materiales y/o residuos peligrosos por las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, así como indicar los requisitos que deben cumplir las Unidades de Verificación y la información que deberá contener el Documento que acredite la Limpieza y Control de remanentes.

Llevamos a cabo todas las gestiones necesarias para la liberación de derechos de paso, conciliando con propietarios de terrenos, autoridades de los tres niveles de gobierno, para que nuestros clientes puedan llevar sus proyectos, atendiendo al marco jurídico competente.

  • Autopistas y vialidades.
  • Corredores Turísticos.
  • Ductos hidráulicos, oleoductos y gasoductos.
  • Presas de almacenamiento de agua y de generación de electricidad.
  • Vías férreas.
  • Líneas de fibra óptica y líneas de transmisión eléctrica.
  • Etc.

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